Por las razones antes expuestas este juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EXTINCION DE LA PENA impuesta al ciudadano JAVIER ANTONIO DELGADO RIVERO, ZAPATERO, HIJO DE María Delgado y Rosalino Rivero, natural de Sabana de Mendoza, residenciado en Sabana de Mendoza, calle 10, barrio caicaguita, frente ala bodega los compadres, a través de sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, de este estado, 17 de abril de 1998, en la que se le condenó a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de ROBO previsto y sancionado en el artículo 457 del Código penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 y el segundo aparte del artículo 112 del Código Penal, debiendo cesar todas las restricciones.....