D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados y especialmente por mandato de los Artículos 108 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Demanda por ENTREGA DE INMUEBLE ARRENDADO POR VENCIMIENTO DEL TÉRMINO, intentada por la ciudadana: MARIANELLA MENDEZ GODOY, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.129.427, domiciliada en la ciudad de Trujillo, Municipio y Estado Trujillo, Asistida por el Abogado PEDRO JAVIER GUDIÑO GUERRA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.168.063; Contra: SILVIO JOSE ARAUJO CAÑIZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular .....