hechos configurativos del CONVENIMIENTO a que se contrae el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior del niño: EDUARDO JOSÉ QUEVEDO MATHEUS (beneficiario), en tanto que lógicamente esa suma de dinero se usará en la satisfacción parcial de las necesidades.-
Por las razones expuestas, según los artículos 4 y 8 de esa Ley, se acuerda establecer en DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) MENSUALES así como también el doble de dicha cantidad en el mes de diciembre como bonificación de fin de año (aguinaldos), y el 50% en vestuario, calzado, medicina y otros gastos que se puedan presentar, la obligación de manutención a favor de la niña en referencia, que le debe pasar su padre OSWALDO MEJÍA MATERAN, a quien se acuerda oficiar a los fines de pa.....