Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento formulado por la accionante YAMILET DEL VALLE TORRES DE CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.150.665, domiciliada en el sector San Antonio, casa Nº 44-15, Calle San Benito, por la vía hacia peraza, Parroquia Flor de Patria, Municipio Pampan del estado Trujillo, debidamente asistido por la abg. ABG. YSBELL MATHEUS, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 163.035, pasado en autoridad de COSA JUZGADA. SEGUNDO: TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, y en consecuencia, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.