/Se dicto auto resolutorio mediante el cual este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos: MEGDIS DEL CARMEN LINAREZ SIRA, INES CARMEN SIRA, MARIANNY CELESTE LINAREZ SIRA, EWDUAR JOSE LINAREZ SIRA, RICHARD JOSE LINAREZ SIRA, YENDER NICOLAS LINAREZ SIRA, CRISBEL NIRAIDA LINAREZ SACHEZ y JOSE GREGORIO LINAREZ SANCHEZ, ya identificados, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS