DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO, de conformidad con lo establecido en los artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el acusado ciudadano: ALBERTO JOSÉ RODRIGUEZ JIMENEZ, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo, previsto y sancionado en la ley de Robo de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 5° de dicha Ley, con las agravantes previstas en el artículo 6 numerales 1°,2°,3° y 5°ejusdem. Remítase en su oportunidad legal al Tribunal de Juicio que le pueda corresponder. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.