DECISION EXPRESA DEL TRIBUNAL EN REVOCAR LA MEDIDA PRIVARIVA Y SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD Y FIJO A UDIENCIA PRELIMINAR
La Juez Quinta de Primera Instancia Penal en funciones de Control una vez impuesto al imputado así como escuchado, como es una finalidad de la audiencia de imponerlo, hace la siguiente consideraciones: PRIMERO: Este Tribunal evidencia que la acusación presentada en fecha 02/05/2005, para lo cual este Tribunal fijo la correspondiente audiencia preliminar difiriéndose en reiteradas oportunidades por ausencia del imputado, en virtud de la conducta desplegada por el imputado al no cumplir con las medidas otorgadas por este Tribunal en fecha 25/03/2003, hicieron que se tomará la decisión de revocar las mismas y ordenar su aprehensión, ahora bien, el delito de Uso indebido de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 282 del Código penal, evidentemente no esta prescrito, surgiendo fundado elementos de convicción, tal y como present.....