Este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos: MARY YARELIS ALBURJA DE GONZALEZ, GUSTAVO ENRIQUE GOMEZ PEREZ, JOSE ALBERTO GOMEZ PEREZ, ROSA MARIA GOMEZ PEREZ, LUZ MARINA GOMEZ PEREZ, CARMEN GREGORIA GOMEZ PEREZ Y FATIMA DEL VALLE GOMEZ, ya identificados, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la referida causante.
Publíquese y Regístrese. Incluso en la página web del Tribunal Supremo De Justicia (T.S.J),
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta Decisión, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse los originales a la parte interesada
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. La Secretaria.....