En prolongación de Audiencia, comparece la parte Actora, el ciudadano HENDER JAVIER RIVERA, titular de la cedula de identidad N° 17.831.624, asistido por el Procurador de Trabajadores JUAN VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.005 y por la demandada: EL CANEY DE CAMARA POLLOS Y CARNES A LA BRASA, por intermedio de su Apoderada Judicial Abogado VICTOR BARROETA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 114.685, las partes han llegado al siguiente acuerdo a los fines de evitar un juicio con dilatación de tiempo: La parte demandada ofrece pagar al demandante la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES, (Bs. 6.000,00) que serán cancelado en Dos pagos de TRES MIL BOLIVARES ( Bs. 3.000,00) cada uno, en fechas: El primero: el Martes 27 de Julio del 2010, y el Segundo y ultimo pago: Lunes 16-08-2010, la parte demandante conviene y acepta. El Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.