DECLARA: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el presente Recurso de Hecho. SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Recurso de Hecho ejercido por la ciudadana SULVÍA RAMONA TORREALBA URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.785.235, asistida por la Abogada NORMA JOSEFINA VALERO TERÁN, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.034.560, inscrita en el IPSA bajo el Nº 226.399, en contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la cual negó oír la apelación interpuesta por la referida ciudadana SULVÍA RAMONA TORREALBA URBINA, antes identificada, asistida por la Abogada NORMA JOSEFINA VALERO TERÁN, antes identificada, la contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Esta.....