DECISIÓN.
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por el Abogado en ejercicio Oscar Ali Graterol Valecillos, inscrito en I.P.S.A. bajo el N° 250.030, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos: Arturo Eduardo Jiménez Chataing y Gandica Uzcátegui Luanna Vanessa, titulares de la cedula de identidad Nros. V-17.954.005 y V-17.954.930; respectivamente.
SEGUNDO: QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los ciudadanos: Arturo Eduardo Jiménez Chataing y Gandica Uzcátegui Luanna Vanessa, habían contraído en fecha 23, de mayo del año 2.014, tal como se puede evidenciar en el acta Nº 115, y que s.....