En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, solicitado por la empresa PRODUCTOS ALIMEX C.A., contra la Providencia Administrativa Nro. 1764, de fecha 10 de junio del 2014, dictada en el Procedimiento Administrativo Nro. 005-2013-01-01920, mediante el cual se acordó el reenganche y pago de los salarios caídos del ciudadano ELI MARTIN CAMPOS, titular de la cédula de identidad Nº 16.279.097, emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, sede "Pio Tamayo."