Con base a los razonamientos explanados este tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 19, 26 constitucionales y en armonía con los artículos 43, 44, 46, 87, 103 y 115 constitucionales, decreta Medida de Protección al Liceo Bolivariano Cristóbal Mendoza, ubicado en la avenida cautricenteanaria , parroquia matriz, municipio y Estado Trujillo, a cuyo efecto se acuerda llevar el día 15 de noviembre de 2007, a las 4:00 de la tarde, en la sede del liceo Bolivariano Cristóbal Mendoza, con la asistencia de padres, representantes, alumnos, directivos y profesores de la institución, representantes de la jurisdicción especial del niño y del adolescente, representantes del Ministerio Publico, los representant.....