Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana ELEN AMELIA CAÑIZALEZ ALVAREZ, contra las ciudadanas EGLYS THAINIG GUEVARA PEREZ, ENMIS THAIS GUEVARA PEREZ, ENEIKA TAORMINA GUEVARA PEREZ, EGNIS THISBETH GUEVARA PEREZ, MARIA ANDREINA GUEVARA CAÑIZALEZ y MARIA ALEJANDRA GUEVARA CAÑIZALEZ, en su carácter de Herederas Conocidas del causante CESAR ORLANDO GUEVARA LISCANO. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.