Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Que una vez aclarado, se deja claro que de la revisión del presente recurso se observa que la parte recurrente, no solicita tal reposición; de manera que no fue concedido en su totalidad lo pretendido en el recurso de nulidad contra la Providencia administrativa Nº 934 emanada por la Inspectoría del Trabajo sede Pedro Pascual Abarca de fecha 14 de agosto de 2012 que declaro el reenganche y pago de salarios caídos al ciudadano JESUS ALEXANDER COLMENARES MENDOZA, titular de la cedula de identidad numero 17.639.509, en expediente signado con el Nº 025-2012-01-00093; razones por las cuales se declaro PARCIALMENTE CON LUGAR.Así se decide.