DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta:
Primero: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano (Se omiten los datos civiles del adolescente-imputado conforme a lo ordenado en el artículo 64 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente y 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: NIEGA la solicitud realizada por la representante del Ministerio Público y en su lugar acuerda, la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRICIÓN DE LA ACCION, en consecuencia acuerda EL SOBREBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano (Se omiten los.....