éste tribunal observa que, dichos recursos de nulidad son interpuestos por diferentes sujetos procesales contra el mismo acto administrativo, dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras como se puede constatar de los escritos libelares de ambos recursos, y de la publicación del cartel de notificación, cursante al folio 28 en el expediente 2008-CA-5179, y de las copias simples del cartel de notificación cursantes desde el folio 27 al folio 32 en el expediente Nro. 2008-CA-5181; y en virtud que existe identidad de titulo y de objeto, este Juzgado, ordena la acumulación del expediente 2008-CA-5181 al presente expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el tercero (3º) del artículo 52 ejusdem. Ello a los fines de no dictar decisiones contradictorias con respecto al mismo asunto debatido en ambas causa. Así se decide.