III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la quejosa, ciudadana Betty Coromoto Montilla Martos, identificada en autos, contra la decisión proferida por el A quo en fecha 5 de Diciembre de 2013, en el presente juicio de amparo constitucional ejercido contra la sentencia dictada por el Juzgado Accidental Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 10 de Octubre de 2013, en el juicio que por desalojo de inmueble propuso la sociedad de comercio Aluminios y Decoraciones Ruiz, C. A. contra la hoy quejosa, contenido en el expediente número 5.691, nomenclatura del T.....