el Tribunal le hace del conocimiento a la parte demandada que al momento de entregar el inmueble, el mismo se trasladará al sitio a los fines de verificar el estado en que se encuentra el Local Comercial objeto de este litigio, de lo cual la parte demandada se compromete avisar a éste Tribunal el día y la hora de la entrega del inmueble. En consecuencia; éste Tribunal le imparte al presente convenimiento su Homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil;