De lo antes expuesto y visto lo solicitado por la parte oferente, donde solicita retirar formalmente la oferta real de pago interpuesta y como consecuencia el desistimiento del presente procedimiento, este Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE OFERTA REAL DE PAGO; se ordena el archivo definitivo de la presente causa transcurrido como sean 5 días hábiles de despacho siguientes al día de hoy. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 12:10 meridiem. A los 203 años de la Independencia y 154 años de la Federación. Regístrese y Publíquese.
ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
JUEZA PRIMERA D.....