En el inicio de la Audiencia Preliminar comparece la parte Actora Ciudadano: JOSE GREGORIO AGUILAR FLORES, titular de la Cedula de Identidad No.19.103.859, asistido por la Abogado: AURA ROSA ROMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 105.399, en su carácter de Procuradora del Trabajo y por la parte demandada: LITOGRAFIA Y TIPOGRAFIA MIRANDA C .A, el Apoderado Judicial Abogado: JOSE CONTRERAS FELAIRAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.363, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de haber depurado los cálculos de Prestaciones Sociales, la parte demandada reconoce adeudar al Trabajador la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES (Bs. F 7.000,00) que comprende los conceptos de Antigüedad, Intereses, vacaciones Fraccionadas, Bono Vacacional Fraccionado, y utilidades fraccionadas, la parte actora acepto y el Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologo el acuerdo.