Se dictó sentencia interlocutoria en la que este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que es COMPETENTE para conocer la presente causa; Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar solicitada; y se ADMITE el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana LISSETTE CAROLINA COVARRUBIA SIMANCA titular de cedula de identidad Nº 12.046.336 debidamente asistida por la Abogada MIRNA LUCENA, inscrito en el inpreabogado bajo el número 197.393, contra la CONCEJO MUNICIPAL DE VALERA DEL ESTADO TRUJILLO.