En consecuencia este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMITIDA la presente solicitud por cuanto el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por el ciudadano JUAN CARLOS QUINTERO BRICEÑO, ya identificado, contra la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL).