, HOMOLOGA la Transacción a la que han llegado las partes ciudadanos: GISELA MARIA CANO GONZALEZ y LUIS ALEJANDRO ADRIANI CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nª 8.717.951 y 12.041.706, en los mismos términos y condiciones, de conformidad con el Articulo 256 del Código de procedimiento Civil.