Por todas las consideraciones expuestas en la Motiva del presente fallo, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RAFAEL RANGEL, SUCRE, MIRANDA, BOLIVAR, ANDRES BELLO, LA CEIBA y MONTE CARMELO de la CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL del ESTADO TRUJILLO, en NOMBRE de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA y por AUTORIDAD de la LEY, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE incoada por la ciudadana MARIA ROSA DE HINESTROZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.272.054, domiciliada en Maracaibo, Estado Zulia, a través de su Apoderado Judicial Abogado GRABIEL SEGUNDO ALBARRAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.587, con domicilio procesal en Av. 6 N° 6-14, Sector Los Cedros de Betijoque, Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo, contra el ciudadano JOSE DE JESUS LINAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.678.159, domiciliado en Av. 6-A, Casa N° 9-49, Sector El Arenal, Betijoque, Municipio Rafael Rangel, Estad.....