Con fundamento en los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, en cumplimiento de las facultades establecidas con el artículo 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento a lo establecido en los artículos 53 y 20 del Código Penal, ACUERDA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA DE PRESIDIO EN CONFINAMIENTO AUMENTADA EN UNA TERCERA PARTE EL RESTO DE PENA POR CUMPLIR, a favor del ciudadano, FREDDY ANTONIO ABREU, titular de la Cédula de Identidad N° 16.267.941, debiéndose presentar el penado por ante la Prefectura del Municipio Valera, Estado Trujillo, una vez por mes hasta el cumplimiento total del resto de la pena es decir en un tiempo de OCHO (08) MESES Y DOCE (12) DÍAS, que a partir de la presente fecha se cumplirían el Vier.....