PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Abogada Auristela Pérez, en su condición de Apoderada Judicial de las ciudadanas YORMELY MARIANA GONZALEZ ESPINOZA y JUDITH MERCHAN RODRIGUEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Penal de Juicio Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 03 de julio del 2015, en la causa penal Nº TP01-P-201-01742, debido a que se evidencio que la Jueza de Juicio Nº 03 desconocía las reclamaciones que ante otro Tribunal intentaron los propietarios de los vehículos objeto de la presente acción de amparo. SEGUNDO: No obstante conforme a los considerando antes anotados, que nacieron de las probanzas de las partes en la audiencia de amparo constitucional, estima esta Alzada que debe acordarse como Medida Preventiva la suspensión de la pena de COMISO DE los siguientes Vehículos: Marca Toyota; modelo Corolla, Color Negro, modelo Año 2006, placas AB447GJ y el comiso del automóvil Marca Chevrolet; Modelo NPR/.....