Sobre la base de los anteriores razonamientos de hechos y de derecho este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el alegato de ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderado de la parte actora, esgrimido por el abogado EDGAR ERNESTO CORDERO, en su condición de apoderado de la empresa INVERSIONES TRANSDIPRO C.A y en consecuencia improcedente el desistimiento del procedimiento solicitado.
SEGUNDO: CON LUGAR la presunción de admisión de los hechos solicitada por la abogada apoderada del demandante, Morella Hernández, en contra del codemandado ciudadano Wilfredo Rafael Godoy Campo, al no tener la representación que se atribuye, como apoderado de dicho ciudadano el abogado EDGAR ERNESTO CORDERO.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.