De la revisión del referido escrito libelar se observa, que la presente demanda por Entrega del Inmueble Cedido en Comodato, la estiman en la cantidad de Un Millón Quinientos Mil Bolívares (Bs.1.500.000,oo), es decir, el equivalente a Diez Mil Unidades Tributarias (10.000 U.T.), superando en este sentido con creces la cuantía establecida a los Tribunales de Municipios, para conocer y decidir las causas sometidas a su conocimiento, ya que éstas se conocen es hasta por la cantidad de Tres Mil Unidades Tributarias (3.000 U.T.), en consecuencia, conforme a lo establecido en el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal se declara incompetente por la cuantía para conocer y decidir el presente juicio, acordándose remitir las presentes actuaciones al Juzgado competente, Tribunal (Distribuidor) de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, declinando la competencia a dicho Juzgado, Y ASÍ SE DECIDE. Remítase el expedien.....