DISPOSITIVA
El Tribunal de Control 01 vistas las exposiciones de las partes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley determina: PRIMERO.- Se admite la acusación fiscal en contra del ciudadano Ender José Blanco Ramírez titular de la Cèdula de identidad N° 16.014.146, venezolano mayor de edad de 27 años de edad, soltero hijo de Alirio Blanco y María Belen Ramírez, agricultor, residenciado en Santiago sector Pampaz, casa S/n, municipio Urdaneta del Estado Trujillo, por delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES previsto en el artìculo 413 del Còdigo Penal,emn agravio de RODOLFO JOSE CURZ GRATEROL por llenarse los requisitos del artículo 326 del Código orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de suspensión condicional del Proceso conforme al artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal con règimen de prueba de seis meses y se fijan las sigu.....