Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal, en Funciones de Control Nº 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decide: Primero: Declara SIN LUGAR la solicitud del Defensor Público Abogado RIGOBERTO SEGUNDO GONZALEZ BAEZ, referente a que se acuerde la Libertad Inmediata del imputado JESUS ALONSO LINARES, por cuanto la Fiscalía Quinta del Ministerio Público presentó el escrito acusatorio dentro del lapso establecido en el artículo 250 de la norma adjetiva penal. Segundo: Se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado JESUS ALONSO LINARES, en el Internado Judicial Penal del Estado Trujillo. Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
La Juez de Control Nº 6
Abg. Fanny Elizabeth Teran Marquez
El Secretario
Abg Yender Mato.....