D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra el auto de fecha 14 de Febrero de 2011 dictado por el Tribunal de la causa que declaró improcedente la perención solicitada por el demandado, ciudadano Alberto Emilio Celadón Gómez en el presente juicio que por reconocimiento de documento privado le sigue la ciudadana María Isabel Terán de Peñaloza, ambos identificados en autos.
Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de perención formulada por el demandado de autos en diligencia de fecha 8 de Febrero de 2011.
Se CONFIRMA la decisión apelada.
Se CONDENA en las costas de este recurso al demandado apelante perdidoso, de conformidad con las previsiones .....