Este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de ADOPCION, intentado por el ciudadano RUBEN DARIO LENTI LOPEZ, contra la ciudadana NORELIS COROMOTO RIVERO MORA, identificados en autos.