Este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: CONSUMADA LA PERENCIÒN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el juicio incoado por los ciudadanos por los ciudadanos GREGORIO JOSÈ VILLASMIL GÒMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- .9.742.331, Abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 204.84 actuando en su propia representación y SYOLY COROMOTO QUINTERO QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.530.170, asistida del Abogado Gregorio José Villasmil Gómez, antes identificado, contra el ciudadano RAFAEL VICENTE ARAUJO ALDANA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.690.271 y la entidad de trabajo DESARROLLO MOLINO ALTO, C.A. RIF J-405953756, Representada por los ciudadanos ALV.....