En el inicio de la Audiencia comparece la parte Actora Ciudadano: JOSE EDUARDO CASTELLANOS NUÑEZ, titular de la Cedula de Identidad No. 9.177.456, asistido por el Abogado: JUAN VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.005:, y por la parte demandada: CONSTRUCCIONES Y ELECTRIFICACIONES BELTRAN C. A, el Ciudadano. JORGE BELTRAN, Titular de la Cedula de Identidad No.24.566.331, Asistido por el Abogado: JOSE LUIS MATERANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.58.323, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada reconoce adeudar al Trabajador la cantidad de Bs.2.500,00 por concepto de Antigüedad, vacaciones, utilidades, dotación de botas y bragas, Bono de asistencia y preaviso, por cuanto el trabajador había recibido un anticipo de Bs. F 300,00 durante la relación laboral; ofreciendo cancelar en este acto , la parte actora acepto y el Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologo el acuerdo.