Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley y el derecho declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO intentado por el ciudadano FRANKLIN JOSE ALMAO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.355.000, en contra de SAFE CORPORATIONS C.A. y como consecuencia de ello la extinción del procedimiento, conforme a lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, aplicados analógicamente por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la continuación del procedimiento en relación a las pretensiones de los ciudadanos ABELARDO JOSE TOVA, DOUGLAS JOSE TERAN CAMPOS, EDDY RAFAEL SOSA ORTIZ y GUSTAVO JESUS PACHECO MIJARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad númer.....