Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada al ciudadano: WILLIAN ALBERTO TORRES FLORES, por el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana: HAYDEE DEL CARMEN FLORES, POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, numeral 3, 48 numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, numeral 5 del Código Penal. Notifíquese de la presente Decisión a las partes y en su debida oportunidad remítase al Archivo Central de este Circuito con el consecuente cierre informático de la Causa. Regístrese y Publíquese.
El Juez,
Abg. José Alberto Ber.....