En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y consecuencialmente, da por terminado el procedimiento incoado en contra de la Asociación Civil Unión Campesina Palo Verde. . Así se decide.