III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por los demandantes, contra la sentencia dictada por el A quo en fecha 7 de octubre de 2014.
Se declara INADMISIBLE la presente demanda de partición incoada por los ciudadanos Ana Isabel Pineda de Ayala y Jesús Enrique Pineda Briceño, contra los ciudadanos Vladimir Viloria Pineda, Ángela Amparo Viloria Pineda, María Belén Viloria Pineda y Cándida Riveros Narváez, todos identificados en autos.
Se CONFIRMA la decisión apelada.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se CONDENA en las costas del recurso a la parte demandante apelante perdidosa.
Publíquese y regístrese la presente sente.....