Es por ello que este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda por Acción Posesoria por Restitución a la Posesión Agraria, intentada por la ciudadana MARIA ESPERANZA VASQUEZ DE LOMELLI, titular de la cedula de identidad número 4.318.560, asistida por el abogado en ejercicio ALEXIS ENRIQUE BARRETO TERAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 220.672, en contra de los ciudadanos BENITO RAMON NUÑEZ BRICEÑO AVILA, CRISTIAN EDUARDO NUÑEZ BRICEÑO Y FREDDY ALEJANDRO NUÑEZ BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad números 11.616.214, 20.402.714 y 20.402.726 respectivamente, representados por sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio CLEICER ALEJANDRO MONTILLA DABOIN y FLOILAN RAMON MORILLO MONTILLA, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los.....