III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de amparo constitucional propuesta por la ciudadana MARIA AMPARO CARRILLO, conocida como AMPARO CARRILLO, identificada en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, de esta misma Circunscripción Judicial, el 15 de Marzo de 2011, proferida en el expediente número 23945, abierto por dicho Tribunal de Primera instancia con motivo de la apelación que fuera ejercida contra decisión que a su vez dictara el tribunal de la causa, Juzgado del Municipio Urdaneta de esta Circunscripción Judicial, en el juicio que por cumplimiento de contrato verbal de compraventa de inmueble, propuso.....