Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación presentada por la ciudadana Ysaura del Carmen Villegas, titular de la cedula de identidad N.º 4.919.509, , inscrita en el Inpreabogado bajo el número 190.071, contra el abogado Javier Mendoza Escalante, Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en el expediente número 12731-23.
En consecuencia, el ciudadano juez del Tribunal Tercero de de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Trujillo, abogado Javier Mendoza Escalante, DEBERÁ requerir del Tribunal al cual se hubiere repartido el expediente por causa de la recusación, la DEVOLUCIÓN de los autos a los fines de que continúe conociendo tal proceso.
Se IMPONE a la recusante, ciudad.....