DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio Del Circuito Judicial Del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre del república y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del código orgánico procesal, en concordancia con los artículos 8, 9, 243 eiusdem, en armonía con los artículos 13 ibidem, 44 y 49.2 constitucionales, se revisa la medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano YOVANNY GARCES GARCES, identificado en autos, revocando la privación judicial preventiva de libertad, sustituyéndola por presentación cada quince ( 15 ) días por ante la prefectura de la parroquia Niquitao, municipio Boconó, estado Trujillo, ordenándose su traslado para el día 16 de Diciembre a las 9 de la mañana, para imponerlo de la misma y materializar la libertad.