ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se Califica la detención del imputado RAMON ATILIO SANTIAGO CARRILLO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.208.719, Venezolano, de 19 años, nacido en fecha 06/10/1990, de ocupación Obrero, hijo de Enedina Carrillo y Atilio Santiago, estado civil soltero, DOMICILIADO en TUÑAME EN UN CAMPO, POR LA HACIENDA LAS MESETAS, MAS ABAJO DE LA PENCA POR UNA CARRETERA DONDE QUEDA UN ABASTO, TELEFONO 0416-5751764 MUNICIPIO URDAENTA DEL ESTADO TRUJILLO, como flagrante de conformidad con el artículo 93 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en función de la denuncia hecha por la Victima el 13/12/2009, se precalifica el hecho como el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previstos y sancionados en el artículo 43 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de la ciudadana JANIA CAROLINA RANGEL. SEGUNDO: Se ordena el procedimie.....