Por la razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES, intentada por la firma mercantil PERFORACIONES GUAYANA, C.A., contra el ciudadano JOSE LUIS ROMERO, ambos ya identificados, en consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelarle a la parte actora las siguientes cantidades: 1) TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS VEINTITRES MIL BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS, (Bs.37.650.623,41), por concepto del monto de las letras de cambio fundamento de la presente acción, y 2) CUATROCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON 79/100 CENTIMOS (Bs. 470.632,79) por concepto de intereses de mora, calculados a la rata del 5% anual, desde los vencimientos de cada una de las letras de cambio fun.....