este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para seguir conociendo de la misma y declina la competencia al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el articulo Nº 28 del Código de Procedimiento Civil, y el articulo Nº 197, numeral 15 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.-
Regístrese, cópiese y remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal competente. Anótese su salida.
El Juez Titular
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Accidental
Abg. Mary Trini Godoy
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, registrándose la decisión a las once horas de la mañana (11:00 a.m.).
La Secretaria Accidental
AGP/MTGH/lfp*