En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado en Funciones de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: UNICO: Niega la entrega del vehículo CLASE MOTO, MARCA MD-HAOJIN, PLACAS NO PORTA, MODELO CONDOR HJ150-9, TIPO PASEO, SERIAL DE CARROCERIA 813RPACA8BVV001275, SERIAL DEL MOTOR HJ162FMJ110569203, USO PARTICULAR, solicitado por el ciudadano CARLOS LUIS ROJO, Cédula de Identidad (...........), toda vez que el documento con el que aduce tener derecho sobre el vehiculo NO SE ENCUENTRA REGISTARO EN LINEA CON EL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPORTE Y TRANSITO TERRESTRE tal como indica la Experticia de Reactivación de Seriales signada con el Nº 9700-008-0261-12 practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas cursantes a los folios 19 y 20 del presente asunto.....