DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2, 3 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 20 y 53 del Código Penal, DECLARO CON LUGAR la solicitud realizada por las partes, y ordenó el traslado de la penada YALILI DEL CARMEN SIVIRA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.372.786; para la siguiente dirección: Municipio Los Guayos sector la Pelayera, comunidad Josefa Camejo Calle Bolívar Nº 22, tercera etapa, casa Nº 422, en Valencia, Estado Carabobo; a los fines de dar cumplimiento de la pena que le falta por cumplir bajo la gracia del Confinamiento. Se ordena librar oficio a la prefectura Municipio los Guayos Estado Carabobo, remitiendo copia de la resolución mediante la que se le otorgó el confinamiento y de la presente fundamentación.....