Primero: CON LUGAR, el presente recurso por abstención o carencia interpuesto por la sociedad mercantil RESTAURANT LEAL 61, C.A.,. contra la omisión y retardo injustificado al no providenciar la Inspectoría del Trabajo Miranda Este, en la causa signada bajo el expediente administrativo N° 027-2013-01-05474, en el tiempo oportuno de conformidad con lo establecido en el Art. 5 de la Ley Orgánica Procedimientos Administrativos.
Segundo: Se ordena notificar al Inspector del Trabajo Miranda Este a que dicte el respectivo pronunciamiento en la causa signada bajo el expediente administrativo N° 027-2013-01-05474, dentro de los Díez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente decisión.
Tercero: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República y se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el lapso previsto en el Artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jur.....