Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, presentado por el abogado en ejercicio ALVARO GALLARDO PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 197.390, en su condición de co-apoderado judicial de la ciudadana MARLENE DE JESUS GALLARDO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.495.557; demandante del juicio por Daños y Perjuicios incoado en contra de la ciudadana MARCELLA CERVI BACCILIERI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.212.476; Así se decide.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas. Así se decide.
TERCERO: Notifíquese a la parte actora y/o en la persona de sus apoderados. Así se decide.